El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Guadalajara ha condenado a Ahmed Rahmani a pagar las costas del juicio, que ascienden a 20.000 euros, que entabló contra los monitores de la piscina municipal de Azuqueca de Henares y la aseguradora de estas instalaciones, en donde murió su hijo ahogado hace 15 años.
Los hechos tienen su origen el día 5 de julio de 1995 cuando el hijo de Ahmed, Mohammed, de 17 años de edad, quedó inconsciente en el interior del vaso de una de las piscinas del Complejo San Miguel, propiedad del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares. Tras ser rescatado por los socorristas, permaneció en coma vegetativo hasta el 25 de febrero de 1996, cuando falleció a consecuencia de las graves lesiones cerebrales y neuronales que había padecido al estar sumergido entre 3 y 5 minutos bajo el agua.
En ese momento empezó la batalla judicial del padre, quien inició acciones penales, contenciosas y civiles contra el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares y su aseguradora, y contra los socorristas del recinto. "Sin saber cómo ni por qué, mi hijo muere delante de decenas de personas y en un recinto en el que había dos socorristas y los tribunales me dicen que la culpa es de mi hijo", ha explicado este padre, quien no entiende el archivo de la denuncia penal.
El padre presentó una demanda civil en 1999 reclamando más de 24 millones de pesetas de indemnización, que fue desestimada por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Guadalajara y posteriormente por la Audiencia Provincial, condenándole a pagar las costas del juicio. Rahmani, que tiene esposa y 6 hijos, ha iniciado los trámites para que se le considere acreedor al derecho a la justicia gratuita para evitar que se le embargue la vivienda.
Noticia ampliada en El País del 10/03/2010.
Comentario Editorial
Noticias como estas son llamativas y acaparan titulares de impacto, más por las particularidades de un proceso judicial que por que se tenga en cuenta la verdadera dimensión del problema de fondo. Los datos epidemiologicos indican que un ahogamiento se puede producir en cualquier lugar, incluidas las piscinas públicas con Socorrista y, cuando ocurre en estos lugares, es precisamente cuando mayor impacto social y mediático conlleva.
¿Cómo es posible que el Socorrista no lo detecte?, se pregunta el padre y más allá de demagogias e intereses, esa pregunta la que debe de escocer y tiene que hacer que todas las personas y entidades que componemos la comunidad del Socorrismo español hagamos una reflexión seria acerca del gran margen de mejora que todavía, por desgracia, pero también por suerte, tiene nuestra profesión para dar una respuesta verdaderamente profesional que abarque tanto al desempeño de los Socorristas, como a los que asumimos la gran responsabilidad de su formación.
Es una realidad, que cada día los Socorristas Profesionales ven aumentados los requerimientos de capacitación y desempeño y los tímidos pasos que se han ido dando en torno a su regulación irán poco a poco conformando su perfil profesional y de responsabilidad, que no será menor que el de otras profesiones que han seguido otros itinerarios, a menudo tortuoso, hasta llegar a una regulación de ámbito nacional. Entidades como la Escuela Segoviana de Socorrismo o AETSAS llevamos 15 años abogando y luchando por una regulación de la formación y el desempeño profesional que nos ponga en las puertas de lo que tiene que ser el Profesional Socorrista. El reto está ahora en conseguir un acuerdo mayoritario que haga posible que Socorristas y Formadores participemos activamente en el desarrollo e implantación de esta regulación.
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